Los populares recuerdan que webs, redes sociales, blogs y hasta periódicos online están sometidos al régimen sancionador de la norma y por tanto, pueden ser cerrados por decisión administrativa (fuera por tanto de garantias judiciales) si, por ejemplo, incumplen el deber de comunicación previa de sus actividades. “Todos los que establezcan una comunicación audiovisual son susceptibles de ser sancionados, incluidos internautas o redes sociales”, explica Miguel Ángel Cortés, diputado del PP.
El Partido Popular interpreta que todos esos actores en la Red, en el momento en que incluyen vídeos, son prestadores del servicio de comunicación audiovisual, figura que el artículo 2 de la ley define como “la persona física o jurídica que tiene el control efectivo, esto es, la dirección editorial, sobre la selección de los programas y contenidos y su organización en un canal o un catálogo de programas”. Una idea reforzada por el hecho de que exista una modalidad de “servicio de comunicación audiovisual televisiva a petición”, incluida en el artículo 2.2, aplicable según el Partido Popular, a cualquier web que ofrezca un catálogo de vídeos bajo demanda. “Hasta a YouTube, que ofrece vídeos a petición, le afectaría”, explica Cortés a El Confidencial.
El artículo 59 contempla multas de hasta un millón de euros para las infracciones muy graves cometidas por “prestadores de comunicación audiovisual televisiva”. Además, podrán ser sancionados con el cese de las emisiones y el precinto provisional de los equipos e instalaciones utilizados cuando no dispongan “de la correspondiente licencia” o no haya cumplido “el deber de comunicación previa”. Una de las novedades de la ley es que, según el artículo 22.2, la prestación del servicio de comunicación audiovisual “requiere comunicación fehaciente ante la autoridad audiovisual competente y previa al inicio de la actividad”. También el artículo 33 les obliga a inscribirse en un registro estatal o autonómico de prestadores del servicio de comunicación audiovisual.
Una decisión administrativa
Lo peor para Cortés es que la decisión sobre estas sanciones, incluido el cierre de un medio de comunicación, no recae en los jueces, sino en un órgano administrativo como es el Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), instancia de nuevo cuño. Eso a pesar de que afecta directamente al ejercicio de un derecho fundamental, como es la libertad de expresión, tutelado y garantizado por los tribunales. “Es un proyecto de ley muy malo que representa una amenaza a la libertad de expresión por la censura que establecerá a través del CEMA. El Gobierno quiere mantener el control de los medios creando una base de inseguridad jurídica y que deja a los medios en manos de un órgano administrativo”, expone el diputado popular.
Bueno, si alguna vez que este blog desaparece "misteriosamente", ya sabeis que pasa en este pais.
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